Llamado a licitación de instrumentos del Tesoro Nacional denominados en pesos y en dólares estadounidenses
La Secretaría de Finanzas ofrece en este llamado a licitación los instrumentos del Tesoro Nacional que se detallan a continuación:
1. LICITACIÓN POR EFECTIVO
Instrumento a licitar en pesos a tasa fija:
a. LETRA DEL TESORO NACIONAL CAPITALIZABLE EN PESOS CON VENCIMIENTO 17 DE JULIO DE 2026 (nueva);
Instrumentos a licitar en pesos con ajuste por CER:
b. BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CERO CUPÓN CON AJUSTE POR CER VENCIMIENTO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2027 (nuevo);
c. BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CERO CUPÓN CON AJUSTE POR CER VENCIMIENTO 29 DE SEPTIEMBRE DE 2028 (nuevo);
Instrumento a licitar en pesos a tasa variable:
d. BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A TASA TAMAR CON VENCIMIENTO 26 DE FEBRERO DE 2027 (TMF27 – reapertura);
Instrumento a licitar Dólar Linked:
e. BONO DEL TESORO NACIONAL VINCULADO AL DÓLAR ESTADOUNIDENSE CERO CUPÓN CON VENCIMIENTO 30 DE JUNIO DE 2028 (nuevo);
Instrumentos a licitar en dólares estadounidenses (con suscripción exclusivamente en Dólares Estadounidenses):
f. BONO DEL TESORO NACIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 6% CON VENCIMIENTO 29 DE OCTUBRE DE 2027 (AO27 – reapertura); y
g. BONO DEL TESORO NACIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 6% CON VENCIMIENTO 31 DE OCTUBRE DE 2028 (nuevo).
La recepción de las ofertas para todos los instrumentos comenzará a las 10:00 horas y finalizará a las 13:00 horas del día viernes 27 de marzo de 2026 (T).
La licitación de la nueva LECAP, se realizará mediante indicación de la tasa efectiva mensual y la licitación de los restantes instrumentos se realizará mediante indicación de precio, sin precio mínimo ni máximo, a excepción del BONAR 2027, que tendrá un precio máximo de USD 1.015,33.
Para la presentación de ofertas de todos los instrumentos, habrá dos tramos: uno no competitivo y otro competitivo.
En los tramos no competitivos deberán consignarse únicamente los montos de VNO a suscribir y estarán destinados a personas físicas o jurídicas que por sus características no cuentan con la especialización necesaria para realizar una evaluación de las condiciones financieras de la licitación y requieren el asesoramiento de una entidad especializada. Los Fondos Comunes de Inversión, Fondos Públicos, compañías de seguro, depositarias, o cualquier otra entidad financiera que por sus características es una entidad relacionada con el mercado financiero, quedan excluidas del tramo no competitivo y son considerados agentes especializados. Las entidades que carguen ofertas en estos tramos no competitivos, solo podrán hacer una orden por CUIL o CUIT de Clientes, se aceptará una sola oferta por inversor y deberá ser menor o igual a un monto de VNO $ 50.000.000, para los instrumentos denominados en pesos, y menor o igual a un monto de VNO USD 50.000, para los instrumentos denominados en dólares estadounidenses, debiendo consignarse únicamente el monto a suscribir.
Las ofertas que se presenten en el tramo competitivo deberán seguir los siguientes criterios:
• En el caso de la LECAP, deberán indicar el monto en pesos del VNO a suscribir y la tasa efectiva mensual que capitalizará como numero porcentual con dos decimales en incrementos de 0,01 decimales.
• En el caso de los BONCERES y BONO TAMAR, deberán indicar el monto de VNO en pesos a suscribir y el precio en pesos por cada VNO $ 1.000 con dos decimales.
• En el caso del BONO DÓLAR LINKED, deberán indicar el monto del VNO en dólares estadounidenses a suscribir y el precio en dólares estadounidenses por cada VNO USD 1.000 con dos decimales.
• En el caso del BONAR 2027 a suscribir en Dólares Estadounidenses, los participantes deberán indicar el monto de VNO en dólares estadounidenses y el precio en dólares estadounidenses por cada VNO USD 1.000 con dos decimales, el cual no podrá superar el precio máximo de USD 1.015,33
• En el caso del BONAR 2028 a suscribir en Dólares Estadounidenses, los participantes deberán indicar el monto del VNO en dólares estadounidenses y el precio en dólares estadounidenses por cada VNO USD 1.000 con dos decimales.
Los tramos competitivos estarán destinados a personas físicas o jurídicas por montos mayores a VNO $ 50.000.000 para los instrumentos denominados en pesos y VNO USD 50.000 para los instrumentos denominados en dólares estadounidenses, y a todo otro tipo de inversor, que por sus características fue excluido del tramo no competitivo, con una oferta mínima de VNO $ 1.000.000 para los instrumentos en pesos y VNO USD 1.000 para los instrumentos denominados en dólares estadounidenses y no tendrán limitación de monto máximo a ofertar.
Para el caso del BONAR 2027 y del BONAR 2028, habrá una segunda vuelta que comenzará a las 11hs y finalizará a las 13hs del día lunes 30 de marzo de 2026 (T+1), la que será por adhesión con un único pliego por instrumento al precio de corte de la primera vuelta. Estará destinada a todas las personas humanas o jurídicas interesadas en participar, las que deberán realizar la presentación de sus ofertas a través del sistema de licitaciones. En caso que la primera vuelta de alguno de esos instrumentos se declare desierta, no se realizará una segunda vuelta del mismo.
Las ofertas de personas humanas o jurídicas, deberán ser presentadas en tiempo y forma a través de los agentes de liquidación y compensación (integrales y propios) y agentes de negociación registrados en la CNV.
Las ofertas adjudicadas de la primera y segunda vuelta del BONAR 2027 y del BONAR 2028 deberán ser integradas exclusivamente en Dólares Estadounidenses.
La liquidación de todas las ofertas recibidas y adjudicadas en primera y segunda vuelta se efectuará el día martes 31 de marzo de 2026 (T+2).
A continuación, se detallan los precios y los montos máximos a colocar:
Instrumento denominado en pesos a tasa fija:

Instrumentos denominados en pesos ajustables por CER:

Instrumento denominado en pesos a tasa variable:

Instrumento Dólar Linked:

Instrumentos denominados en Dólares Estadounidenses (a suscribir en Dólares Estadounidenses):

2. CONVERSIÓN DEL BONCER TZX26 EN EL MARCO DEL ARTÍCULO N° 2 DEL DECRETO 846/24
La Secretaría de Finanzas, en los términos del artículo 2º del Decreto 846/24, invita a participar de una operación de conversión del siguiente instrumento:

Los participantes podrán optar por una o varias de las siguientes alternativas:
Opción 1)

Opción 2)

Opción 3)

La licitación será con un único pliego competitivo para cada uno de los Nuevos Instrumentos. Las ofertas que se presenten deberán seguir los siguientes criterios:
• En el caso que se opte por el BONO TAMAR con vencimiento 31/08/2027 (OPCION 1) se deberá indicar el monto del VNO a suscribir y el margen sobre TAMAR como número porcentual con dos decimales con incrementos de 0,01 decimales, que formará parte de la fórmula por la que se determinará la TAMAR MENSUAL.
• En el caso de los BONCERES de las opciones 2 y 3, deberán indicar el monto en pesos del VNO a suscribir y el precio en pesos por cada VNO $ 1.000 con dos decimales.
La recepción de las ofertas comenzará a las 11:30 horas y finalizará a las 15:00 horas del día viernes 27 de marzo de 2026 (T) y la liquidación de las ofertas recibidas y adjudicadas se efectuará el día miércoles 1 de abril de 2026 (T+3).
Para determinar, en las ofertas aceptadas y adjudicadas de cada Nuevo Instrumento, la cantidad de VNO del BONCER TZX26 que cada participante deberá transferir, se utilizará la siguiente fórmula:
VNO BONCER TZX26 = VNO NUEVO INSTRUMENTO * PRECIO DE CORTE DEL NUEVO INSTRUMENTO / PRECIO DEL BONCER TZX26
A cada uno de los VNO que se obtengan del BONCER TZX26 se los redondeará al entero más cercano de la denominación mínima de dicho instrumento.
ANTES DE LAS 17 HS DEL DÍA MARTES 31 DE MARZO DE 2026 (T+2), los participantes con ofertas aceptadas deberán REALIZAR UNA ÚNICA TRANSFERENCIA DEL TITULO ELEGIBLE desde su cuenta en la CRYL del BCRA, a la cuenta de la Secretaría de Finanzas 99990-01 en esa entidad.
Si algún participante tuviera su Título Elegible depositado en Caja de Valores S.A. deberá tomar los recaudos necesarios para que antes del tiempo límite de recepción, los Títulos Elegibles sean transferidos primero a su cuenta en CRYL y luego a la cuenta de la Secretaría de Finanzas.
Al participar en esta licitación, el oferente y las entidades que presentan ofertas en nombre de un tercero, aceptan que, debido a que esta licitación de conversión es una operación de suscripción en especie en el marco del artículo 2º del Decreto 846/2024, si ocurriera algún incumplimiento en la entrega del BONCER TZX26, la liquidación se realizará mediante el débito en pesos del valor efectivo en la cuenta CRYL de la entidad que presentó la oferta, aplicando la siguiente fórmula:
MONTO EFECTIVO = VNO NUEVO INSTRUMENTO * PRECIO DE CORTE DEL NUEVO INSTRUMENTO / 1000 * 1,20
El miércoles 1 de abril de 2026 (T+3), la CRYL acreditará los Nuevos Instrumentos en la cuenta de cada participante en esa entidad, y en el caso de incumplimientos, primero debitará el monto correspondiente los Montos Efectivos y luego entregará los VNO de los Nuevos Instrumentos.
La licitación por la colocación de los instrumentos, se efectuará de acuerdo a los procedimientos aprobados por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda Nº 9/2019.
El detalle de los instrumentos y datos adicionales de la licitación se encuentra disponible en www.argentina.gob.ar/economia y adjunto a la presente.

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